Condiciones Generales de Connectis CMC

Estas Condiciones Generales ("CGC") se aplicarán a cualquier prestación de servicio y/o venta de equipos ("Servicio") por parte de Connectis CMC UK Limited ("CMC") al cliente ("Cliente").

Se excluyen expresamente las condiciones comerciales del cliente.

1/ Pedido y plazo

1.1 El Pedido ("Pedido") comprende la Confirmación del pedido (tal y como se define a continuación), un formulario de pedido, cualquier descripción del Servicio, el acuerdo de nivel de servicio, las condiciones específicas del Servicio aplicables y estas CGC. En caso de conflicto entre los documentos, tendrán prioridad en el orden indicado anteriormente.

1.2 Una Confirmación de Pedido significa (a) una notificación de CMC confirmando que acepta el formulario de Pedido correspondiente, o (b) una notificación comunicando la fecha de instalación prevista, o (c) el mismo formulario de Pedido con la contrafirma de CMC.

1.3 El Pedido entra en vigor en su fecha de Confirmación. Salvo que se estipule lo contrario en el Pedido, la duración inicial del servicio será de 12 meses a partir de la fecha en que el servicio esté listo para su uso, según lo comunicado por CMC al Cliente ("Fecha de disponibilidad") o, si es anterior, la fecha en que el Cliente comience a utilizar el Servicio con fines distintos a los de prueba ("Plazo inicial"). Tras la expiración del Plazo Inicial, el Pedido se renovará automáticamente por períodos adicionales y sucesivos de 12 meses (cada uno de ellos, un "Período de Prórroga Anual"), a menos que se resuelva de conformidad con las cláusulas 9 o 2.4.

2/ Cargos

2.1 Los cargos se establecerán en el Pedido; de no ser así, se aplicarán las tarifas estándar actuales de CMC. Si se requiere un tercero para la prestación de un Servicio, los costes de terceros, que se incorporan a los cargos, están sujetos a la inspección del lugar correspondiente o a la revisión o confirmación por parte del tercero. Dicho estudio, revisión o confirmación puede dar lugar a una modificación de los costes. Cualquier cambio de este tipo se trasladará al Cliente en su totalidad como parte de los cargos.

2.2 Todos los gastos indicados en el Pedido no incluyen el IVA, a menos que se especifique lo contrario.

2.3 CMC podrá cobrar al Cliente intereses sobre las sumas vencidas al tipo anual del 5% por encima del tipo básico de préstamo del Banco de Inglaterra de cada momento, intereses que se devengarán diariamente.

2.4 CMC podrá revisar los cargos por la prestación de los Servicios acordados en el Pedido en cualquier momento tras la expiración del Plazo Inicial, notificando al Cliente con 30 días de antelación a la entrada en vigor de la revisión. Se considerará que el Cliente ha aceptado los cargos revisados, a menos que, en caso de aumento, el Cliente haya rescindido el/los Pedido(s) afectado(s) mediante notificación a CMC, que expirará al final de dicho periodo de 30 días.

2.5 Las tarifas pueden modificarse en cualquier momento para cumplir con cualquier cambio de ley o reglamento obligatorio.

3/ Pago

3.1 El pago deberá efectuarse a los 30 días de la fecha de la factura, la cual será emitida por CMC mensualmente el día 18 del mes anterior al mes del servicio.

3.2 CMC enviará las facturas al Cliente por correo electrónico o en formato electrónico, a menos que CMC acuerde con el Cliente el envío de las facturas por correo postal. El formato de la factura no afectará a la obligación del Cliente de efectuar el pago en virtud de la cláusula 3.1 ni a los derechos de CMC en virtud de las cláusulas 2.3 y 5.

3.3 Las facturas se consideran aceptadas si no se impugnan, con pruebas detalladas de la disputa, en un plazo de 10 días a partir de la fecha de la factura. En caso de impugnación, el Cliente deberá pagar la parte de la factura que no haya sido impugnada en la fecha de vencimiento.

4/ Fraude

4.1 El Cliente no utilizará el Servicio con fines fraudulentos o ilícitos, y se asegurará de que existen salvaguardias adecuadas para evitar que otros lo hagan, ya sea en relación con el equipo del Cliente o no. El Cliente es el único responsable de cualquier acto fraudulento o ilegal que se produzca y deberá indemnizar a CMC por todas las responsabilidades derivadas de dichas reclamaciones. CMC no tiene ninguna responsabilidad sobre la configuración, el uso o el funcionamiento del equipo del Cliente, a menos que CMC haya acordado expresamente lo contrario por escrito.

5/ Suspensión de la entrega

5.1 CMC podrá, sin perjuicio de cualquier otro derecho o acción que pueda tener, suspender los Servicios (a) previo aviso de 7 días (o más si así lo exige la ley) si el Cliente no paga una factura a su vencimiento o incumple cualquier otra condición del Pedido, o (b) CMC sospecha razonablemente que el Servicio se está utilizando con fines fraudulentos o ilícitos.

6/ Entrega

6.1 El Servicio se considerará aceptado a partir de la Fecha de Disponibilidad o, si es anterior, de la fecha en que el Cliente comience a utilizar el Servicio con fines distintos a los de prueba, a menos que (a) el Cliente notifique a CMC por escrito en un plazo de 5 días laborables a partir de la Fecha de Disponibilidad los motivos por los que el Servicio no está listo para su uso; y (b) CMC proporcione una confirmación por escrito de su aceptación de los motivos del Cliente expuestos en (a) anterior de que el Servicio no está listo para su uso.

6.2 El Cliente facilitará a CMC el acceso y la cooperación razonable y/o se asegurará de que terceros faciliten a CMC el acceso a todos los emplazamientos y la cooperación razonable, en términos razonables en cada caso, necesarios para que CMC preste los Servicios, incluyendo la instalación de cualquier equipo de CMC o del Cliente. CMC podrá exigir al Cliente que proporcione, por escrito, su derecho de acceso a dichos emplazamientos.

6.3 Si CMC acepta, a su entera discreción, aplazar la entrega del Servicio a petición del Cliente, no habrá ningún cambio en los gastos de instalación y del Servicio que se produzcan a partir de la Fecha de Disponibilidad.

6.4 La propiedad y titularidad de los equipos de CMC instalados en el emplazamiento del Cliente o de terceros para la prestación del Servicio siguen siendo de CMC y el Cliente aplicará, y se asegurará de que cualquier tercero también lo aplique, y de que se cumplan las instrucciones de cuidado y cumplimiento razonables que CMC pueda dar en relación con los mismos.

6.5 En caso de venta de equipos, el riesgo se transmitirá al Cliente en el momento de la entrega. CMC conservará la propiedad y la titularidad hasta que reciba el pago íntegro del precio de compra establecido.

7/ Garantía y Niveles de servicio

7.1 CMC garantiza que el Servicio se prestará de acuerdo con el Pedido utilizando una habilidad y cuidado razonables.

7.2 En caso de que el Servicio no cumpla los requisitos acordados contractualmente (a) CMC subsanará el Servicio para el futuro de acuerdo con el ANS o, en ausencia de un ANS, en un plazo razonable, y (b) el Cliente podrá reclamar créditos de Servicio si procede de acuerdo con el ANS. Las deducciones serán la única solución para el Cliente en caso de incumplimiento del ANS.

7.3 Cuando se vende equipamiento, CMC se esforzará por transferir al Cliente el beneficio de cualquier garantía (si la hubiera) que CMC reciba de su proveedor del equipo. El Cliente sólo tendrá derecho al beneficio de cualquier garantía que CMC pueda ceder al Cliente.

8/ Propiedad Intelectual

8.1 Todos los derechos de propiedad intelectual que posea una parte antes de la fecha de la Confirmación del Pedido seguirán perteneciendo a dicha parte.

8.2 Salvo lo dispuesto en otra parte de estos TCG o lo acordado expresamente por escrito por CMC, el Cliente no adquirirá ningún derecho, título o interés en ningún derecho de propiedad intelectual de CMC, incluidos sus derechos de propiedad intelectual, y CMC concede al Cliente, por el presente documento, una licencia mundial, libre de derechos, no exclusiva y no transferible durante el Periodo Inicial o un posterior Periodo de Extensión Anual para utilizar sus derechos de propiedad intelectual, únicamente en la medida necesaria para la ejecución de estos TCG.

9/ Terminación

9.1 Cualquiera de las partes podrá rescindir el Servicio mediante una notificación por escrito con 90 días de antelación que entrará en vigor al final de un mes natural, no antes del final del Período Inicial o de un siguiente Período de Prórroga Anual. El Cliente deberá pagar los cargos adeudados hasta el final del Período Inicial o del siguiente Período de Prórroga Anual.

9.2 Cualquiera de las partes podrá rescindir el Servicio en su totalidad de forma inmediata mediante notificación por escrito (a) si la otra parte incumple cualquier término importante del Pedido (incluido el impago de los cargos indiscutibles por parte del Cliente a su vencimiento) y, si el incumplimiento es susceptible de ser subsanado, no lo hace en un plazo de 30 días naturales tras la notificación por escrito para que lo haga, o (b) si la otra parte está amenazada de insolvencia, se declara insolvente o cesa su actividad.

10/ Limitación de la responsabilidad

10.1 Nada de lo dispuesto en estas CGC limitará o excluirá la responsabilidad de ninguna de las partes:

(a) las pérdidas cuya responsabilidad no pueda limitarse o excluirse de otro modo en virtud de la legislación aplicable;
(b) el fraude y la tergiversación fraudulenta;
(c) la muerte o los daños personales causados por la negligencia de Getronics, sus empleados, agentes o subcontratistas en el curso de su compromiso con estas CGC; y
(d) las pérdidas recuperables en virtud de la Parte I de la Ley de Protección del Consumidor de 1987.

10.2 Con relación a la cláusula 10.1, la responsabilidad total de CMC frente al Cliente, se base en una acción contractual, agravio (incluida la negligencia), incumplimiento de obligaciones legales o de otro tipo, que surja de o en relación con el Pedido, se limitará, en cualquier Año Contractual (tal y como se define más adelante), al cien por cien (100%) del importe total realmente pagado o pagadero por el Cliente en virtud del Pedido durante ese Año Contractual (excluido el impuesto sobre el valor añadido). Año contractual significa el periodo de 12 meses a partir de la Fecha de disponibilidad o del aniversario de dicha fecha.

10.3 Relacionado con la cláusula 10.1, CMC y sus filiales no serán responsables, ya sea en base a una reclamación contractual, agravio (incluida la negligencia), en virtud de una indemnización, por incumplimiento de una obligación legal o de otro modo, que surja de estos TCG o en relación con ellos:

(a) cualquier daño, coste o gasto indirecto, consecuente, incidental, especial, ejemplar o punitivo; y/o
(b) (i) cualquier pérdida de producción, (ii) la pérdida causada por el retraso, la pérdida de datos y/o la corrupción de datos, (iii) la pérdida de beneficios, ingresos, contratos, oportunidades de negocio, fondo de comercio, reputación o ahorros previstos, y/o la pérdida de tiempo operativo o de gestión,
de cualquier tipo y sea cual sea la causa, y tanto si se basa en una acción o reclamación contractual, extracontractual (incluida la negligencia), el incumplimiento de obligaciones legales o de otro tipo, e incluso si es previsible o se sufre en circunstancias en las que CMC y/o sus filiales han sido advertidas de la posibilidad de tales pérdidas.

11/ Fuerza Mayor

11.1 Ninguna de las partes será responsable de cualquier acontecimiento más allá de su control razonable, incluyendo, pero sin limitarse a ello, inundaciones, incendios, terremotos, guerras, actos de terrorismo, vientos fuertes, acciones industriales, cortes de electricidad, fallos en las líneas de telecomunicaciones, actos u omisiones del gobierno, legislación, casos fortuitos o cualquier otro acontecimiento de naturaleza similar, pero excluyendo: (i) cualquier retraso o fallo causado por cualquier proveedor o subcontratista, a menos que dicho proveedor o subcontratista se vea afectado a su vez por un acontecimiento más allá de su control razonable y que dicho proveedor o subcontratista no pueda evitar o superar razonablemente; o (ii) cualquier acontecimiento atribuible al acto intencionado de esa parte, negligencia o falta de toma de precauciones razonables por su parte contra el acontecimiento en cuestión ("Fuerza Mayor").

11.2 Si cualquiera de las partes se ve impedida, obstaculizada o retrasada en el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones en virtud del Pedido por un acontecimiento de Fuerza Mayor, dicha obligación se suspenderá mientras continúe el acontecimiento de Fuerza Mayor, y no se considerará que ninguna de las partes ha incumplido dichas obligaciones.

11.3 Si el evento de Fuerza Mayor dura más de 30 días, cualquiera de las partes tendrá derecho a rescindir el Pedido inmediatamente.

12/ Eventos de Mitigación

12.1 En esta Cláusula 12, un ("Evento de Mitigación") incluye cualquier incumplimiento por parte del Cliente de cualquiera de sus obligaciones en virtud del Pedido o el incumplimiento por su parte y/o de cualquier tercero designado por él de cualquiera de las responsabilidades establecidas en el Pedido (ya sea en su totalidad o en parte y ya sea en relación con el incumplimiento total o parcial o puntualidad) incluyendo, pero sin limitarse a, las obligaciones o responsabilidades en relación con cualquier otro tercero contratado o bajo la dirección del Cliente, excepto en la medida en que sea el resultado de cualquier acto u omisión del Cliente al que CMC haya dado su consentimiento previo por escrito.

12.2 CMC no incurrirá en el incumplimiento de las presentes CGC en la medida en que el fallo en el cumplimiento de una obligación bajo estas CGC sea consecuencia directa de un Evento de Mitigación, siempre que CMC haga todos los esfuerzos razonables para prestar los Servicios a pesar del Evento de Mitigación;

12.3 CMC notificará al Cliente un Evento de Mitigación tan pronto como sea posible después de que se produzca.

12.4 Si se produce un Evento de Mitigación, CMC hará todos los esfuerzos razonables para prestar los Servicios sin incurrir en costes directos adicionales. Si CMC prevé que incurrirá en costes directos adicionales en la prestación de los Servicios como resultado directo de cualquier Evento de Mitigación, informará al Cliente por escrito tan pronto como sea posible. CMC tendrá derecho a reclamar al Cliente aquellos costes adicionales en los que razonable y necesariamente incurra CMC en la medida en que dichos costes sean consecuencia directa de un Evento de Mitigación. CMC se esforzará razonablemente por mitigar dichos costes.

13/ Protección de Datos

13.1 A menos que CMC acuerde lo contrario por escrito, CMC actúa como procesador de datos de los datos personales del Cliente y no como controlador de datos. CMC adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas contra el tratamiento no autorizado o ilícito de los datos personales (tal y como se define en la ley) y cumplirá con el resto de la legislación aplicable en materia de protección de datos que esté vigente en cada momento.

13.2 CMC puede utilizar empresas afiliadas y terceros ubicados fuera del Espacio Económico Europeo ("EEE") para prestar el Servicio del Pedido.

13.3 En la medida en que el Cliente es un controlador de datos y CMC es: (i) un controlador de datos; o (ii) un procesador de datos, el Cliente autoriza por la presente a CMC: (a) a procesar los datos personales obtenidos del Cliente y, en su caso, (b) a exportar dichos datos personales fuera del EEE y a subcontratar empresas afiliadas o terceros ubicados fuera del EEE para el procesamiento de dichos datos personales, con el fin de cumplir con sus obligaciones en virtud del Pedido.

14/ Confidencialidad

14.1 ("Información Confidencial") significa cualquier información, relativa a los asuntos comerciales de la otra parte, ya sea escrita u oral, incluyendo pero no limitándose a; precios, datos, conocimientos prácticos, dibujos o especificaciones y documentación que la parte receptora reciba de la parte reveladora, excepto aquella que (a) sea de dominio público, y/o (b) esté contenida en documentos legítimamente conocidos por la parte receptora antes de recibirla de la parte reveladora, y/o (c) la parte receptora haya recibido legalmente de un tercero sin que éste haya incumplido el acuerdo.

14.2 La parte receptora no revelará ni permitirá el acceso a ninguna parte de la Información Confidencial a ninguna persona, excepto (a) si dicha persona es un agente, subcontratista, afiliado, auditor, asesor profesional de la parte receptora y tiene una necesidad razonable de conocer la Información y dicha persona está legalmente obligada por disposiciones de confidencialidad similares a las contenidas en estos TCG, o (b) si es necesario para cumplir con las obligaciones legales o reglamentarias.

14.3 La presente cláusula 13 continuará aplicándose durante un periodo de 5 años después de la expiración o terminación del Pedido.

15/ Cesión, Subcontratación y Variación

15.1 Salvo lo dispuesto en la presente cláusula 15, ninguna de las partes podrá ceder estos TCG, ni subcontratar ninguna de sus obligaciones en virtud de los mismos, sin el previo consentimiento por escrito de la otra.

15.2 CMC podrá ceder el Pedido a otra entidad de CMC, empresa afiliada o a un tercero.

15.3 CMC tendrá derecho a subcontratar cualquiera de sus obligaciones en virtud del Pedido, siempre que siga siendo responsable en todo momento ante el Cliente del cumplimiento de dichas obligaciones.

15.4 Estas CGC no podrán ser liberadas, descargadas, complementadas, interpretadas, enmendadas, variadas o modificadas de ninguna manera, excepto mediante un instrumento por escrito firmado por un empleado o representante debidamente autorizado de cada una de las partes, que en el caso de CMC es un director estatutario de CMC.

16/ Acuerdo completo

16.1 El Pedido constituye el acuerdo completo y el entendimiento entre las partes con respecto a los asuntos tratados en él y sustituye, anula y cancela todos los demás compromisos, representaciones, garantías y cualquier acuerdo anterior entre las partes en relación con el objeto del Pedido.

16.2 A excepción de las declaraciones fraudulentas, cada parte garantiza a la otra que no ha confiado en ninguna declaración, representación, promesa, incentivo o entendimiento de cualquier tipo o naturaleza al suscribir el Pedido que no contenga el mismo.

17/ Publicidad y Marcas

17.1 CMC podrá dar a conocer la existencia, pero no el detalle, de la Orden a otros clientes y clientes potenciales.

17.2 A excepción de lo establecido en la cláusula 17.1, ninguna de las partes tendrá derecho a utilizar ninguna marca o nombre comercial de la otra sin el consentimiento previo por escrito de la otra, que no se retendrá ni retrasará injustificadamente.

18/ Ley de Contratos (Derechos de Terceros)

18.1 Salvo que se disponga expresamente en la Orden, ésta no pretende y no otorga a ninguna persona que no sea parte de la Orden ningún derecho a hacer valer ninguna disposición contenida en la misma en virtud de la Ley de Contratos (Derechos de Terceros) de 1999.

19/ Avisos

19.1 La correspondencia rutinaria entre las partes en virtud del Pedido se efectuará mediante correo electrónico y recepción electrónica. Para evitar dudas, cualquier notificación formal que deba realizarse en virtud del Pedido se referenciará a la cláusula de los TCG a la que se refiera y se entregará o enviará por correo urgente a la dirección registrada de una de las partes o por fax (dicha notificación por fax irá seguida de una copia impresa enviada en un plazo de 24 horas) y se dirigirá al Director de Clientes de CMC con copia al Director Jurídico (en el caso de CMC) y se dirigirá al firmante autorizado del Cliente según se establece en el Pedido (en el caso del Cliente).

 
20/ Comportamiento Ético

20.1 Cada una de las partes deberá y procurará que sus funcionarios, empleados, agentes y proveedores de servicios:

(a) cumplir con todas las leyes anticorrupción aplicables, incluyendo pero sin limitarse a la Ley de Soborno de 2010 en su versión modificada ("Leyes Anticorrupción"); y
(b) no ofrecer, prometer o dar (o acordar ofrecer, prometer o dar), directa o indirectamente, ni en las relaciones comerciales privadas ni en las relaciones con el sector público, ninguna ventaja financiera o de otro tipo con respecto a cualquier asunto que sea objeto de cualquier acuerdo entre las Partes y/o para que cualquiera de las Partes obtenga cualquier beneficio de la otra Parte que viole cualquier Ley Anticorrupción.

20.2 Si una de las partes tiene conocimiento de cualquier incumplimiento o sospecha de incumplimiento de esta cláusula 20, dicha parte lo notificará inmediatamente a la otra parte y la parte que no haya incumplido podrá suspender inmediatamente la ejecución de la totalidad o parte del Pedido mediante notificación por escrito a la otra parte, a la espera de que se investigue el incumplimiento o la sospecha de incumplimiento. Cada una de las partes ayudará a la otra en dicha investigación, incluso facilitando el acceso al personal, los documentos y los sistemas pertinentes.

20.3 Si, en la opinión razonable de la parte no incumplidora, el incumplimiento de esta cláusula 20 fue ordenado o autorizado directamente por la parte incumplidora, o la parte incumplidora no tomó medidas razonables que hubieran evitado el incumplimiento de las obligaciones de esta cláusula 20, la parte no incumplidora podrá rescindir inmediatamente cualquiera o todos los Pedidos entre las partes mediante notificación por escrito a la otra parte.

21/ No hay Asociación

21.1 Nada de lo dispuesto en la Orden pretende crear una asociación o empresa conjunta o la relación de principio y agente entre las partes, y ninguna de ellas está autorizada a hacer declaraciones, actuar en nombre o por cuenta de la otra, o comprometerla de cualquier otro modo.

22/ Renuncia

22.1 Los derechos y recursos de cada parte en virtud de la Orden podrán ejercerse tantas veces como sea necesario, y son acumulativos y no exclusivos de los derechos o recursos previstos por la ley, y sólo se podrá renunciar a ellos mediante una renuncia específica por escrito. El retraso en el ejercicio o la falta de ejercicio de cualquiera de estos derechos o recursos no constituye una renuncia a dicho derecho o recurso ni a ningún otro derecho o recurso.

23/ Divisibilidad

23.1 Si alguna de las disposiciones de las CGC es o se convierte en ilegal, inválida o inaplicable, en lo que respecta a:

(a) no afectará ni perjudicará la legalidad, validez o aplicabilidad de ninguna otra disposición del acuerdo; y
(b) las partes harán esfuerzos razonables para negociar de buena fe con vistas a sustituirla por una disposición válida y aplicable que consiga en la mayor medida posible el mismo efecto que habría tenido la disposición ilegal, inválida o no aplicable, pero que difiera lo menos posible de la disposición sustituida.

23.2 Si alguna disposición ilegal, inválida o inaplicable fuera legal, válida o aplicable si se suprimiera alguna parte de la misma, dichas disposiciones se aplicarán con las mínimas modificaciones necesarias para hacerlas legales, válidas o aplicables.

24/ Costes

24.1 Salvo que se acuerde lo contrario o se estipule específicamente en el Pedido, cada parte pagará los costes y gastos legales y de otro tipo en los que haya incurrido en relación con la negociación, preparación y celebración del Pedido.

25/ Contrapartidas

25.1 La Orden puede ser ejecutada en cualquier número de contrapartes y por las partes en contrapartes separadas y cada una de estas contrapartes constituirá un original de la Orden, pero todas ellas juntas constituyen una y la misma Orden. La Orden no será efectiva hasta que cada parte haya ejecutado al menos una contraparte. La entrega de una página de firma de la Orden ejecutada por correo electrónico (PDF) o por telecopia será tan efectiva como la entrega de una contraparte de la Orden ejecutada manualmente.

26/ LeyAaplicable

26.1 El Pedido se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes de Inglaterra y las partes acuerdan, sin perjuicio del Procedimiento de Resolución de Conflictos, someterse a la jurisdicción exclusiva de los tribunales ingleses.

27/ Procedimiento de resolución de litigios

27.1 Esta cláusula 27 establece los pasos a seguir en caso de conflicto entre las partes ("Procedimiento de resolución de conflictos").

27.2 Cuando surja una disputa, una de las partes enviará a la otra una notificación de disputa en la que se expondrán los detalles materiales de la disputa y los motivos por los que la persona que realiza la notificación considera que ha surgido la disputa. En tal caso, las partes seguirán cumpliendo con sus respectivas obligaciones en virtud de la Orden, independientemente de la naturaleza de la disputa y sin perjuicio de la remisión al Procedimiento de Resolución de Disputas.

27.3 Las partes de esta Orden intentarán de buena fe resolver cualquier disputa o reclamo que surja de o esté relacionado con esta Orden rápidamente a través de negociaciones entre los respectivos altos ejecutivos de las partes que tengan autoridad para resolverlos.

27.4 Si el asunto no se resuelve a través de la negociación en un plazo de 30 días naturales a partir de la fecha de la notificación, las partes intentarán de buena fe resolver el conflicto utilizando un procedimiento como la mediación o el tribunal ejecutivo u otra técnica de resolución de conflictos recomendada a las partes por la Center para la resolución de conflictos ("Procedimiento ADR").

27.5 Los honorarios y los costes de dicho procedimiento ADR serán sufragados a partes iguales por las partes.

27.6 Nada de lo dispuesto en esta cláusula 27 impedirá a cualquiera de las partes solicitar medidas cautelares y/o solicitar un juicio sumario en cualquier momento.

27.7 Excepto en relación con los asuntos mencionados en la cláusula 27.6, ninguna de las partes tendrá derecho a entablar un procedimiento judicial con respecto a un conflicto, a menos que y hasta que hayan intentado resolver el conflicto de acuerdo con la cláusula 27.3.

28/ NO CONTRATACIÓN DE PERSONAL

28.1 Salvo en caso de transferencia de personal en virtud del Reglamento de Transferencia (cuando sea aplicable), cada parte se compromete a no solicitar a los empleados o subcontratistas de la otra, ya sea como empleado o en cualquier otra capacidad, durante el Período Inicial o cualquier Período de Prórroga Anual y durante un período de seis meses después de su expiración o terminación.

28.2 La restricción de la cláusula 28.1 no se aplicará a las ofertas de empleo o contratación realizadas a raíz de una respuesta de buena fe a una vacante de empleo anunciada abiertamente.

28.3 La parte que infrinja los términos de esta cláusula deberá pagar a la otra, en concepto de daños y perjuicios, una suma equivalente al salario anual del empleado en cuestión.